Registro

Número
16
Año
2023
Tema
Crédito
Título
Aprobar crédito a favor del Sr. Tamagnone
Texto
ORDENANZA 6° SES. ORD. 11-05-23   VISTO: La solicitud, elevada por el Presidente del Consejo Productivo Local, de otorgamiento y aprobación de un préstamo en Condiciones de Fomento de la Ley Provincial Nro. 2870, y   CONSIDERANDO: Que, las disposiciones contenidas en los artículos 23°, 6°,25° y concordantes de la Ley 2870 de “PROMOCION ECONOMICA”; así como la creación del “FONDO PROVINCIAL PARA LA PROMOCION ECONOMICA” y el respectivo programa de otorgamiento de “PRESTAMOS EN CONDICIONES DE FOMENTO” previsto por la normativa citada. Que, el Departamento Ejecutivo Municipal de la localidad de Eduardo Castex, Provincia de La Pampa; debe expedirse sobre la factibilidad del préstamo solicitado por, TAMAGNONE, JORGE ALBERTO, en las condiciones de Fomento previstas por la Ley. Que, resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes, para el otorgamiento del préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes. Que, se ha cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley 2870 y su reglamentación, como así mismo a las disposiciones pertinentes a la intervención, evaluación y control por parte de las oficinas técnicas competentes de la jurisdicción, con la respectiva intervención del “CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL” quien mediante acta nro. 16 de fecha 28 de marzo del 2023 se ha expedido favorablemente al otorgamiento del préstamo. Que por tal motivo corresponde dictar la Ordenanza pertinente, a fin de aprobar el otorgamiento del préstamo solicitado.   POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE EDUARDO CASTEX SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA   ARTÍCULO 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito de UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000,00) al Sr. TAMAGNONE, JORGE ALBERTO, DNI: 13.803.714, CUIT/CUIL 20-13803714-3, domiciliada en calle Bottino 735 Calandri 2, de esta ciudad de Eduardo Castex, Provincia de La Pampa, en los términos de la                         ley provincial nro. 2870 de PROMOCION ECONOMICA y su reglamentación, destinado a financiar el proyecto productivo comercial a desarrollarse en nuestra ciudad de Eduardo Castex, el cual tiene proyección local. ARTÍCULO 2: El contrato de préstamo se formulara de acuerdo a lo establecido en la Ley 2870, su reglamentación y lo dispuesto en la presente Ordenanza. ARTÍCULO 3: Al crédito acordado se le aplicara una tasa de interés DEFINITIVA FIJA NOMINAL ANUAL DEL 10%, según lo establecido en la Ley 3196 articulo 1. ARTÍCULO 4: El préstamo otorgado será reintegrado en 72 cuotas MENSUALES, en el plazo de 5 años (60 MESES), con un periodo de gracia UN AÑO (12 MESES). ARTÍCULO 5: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincial de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponde al Municipio. ARTÍCULO 6: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto. ARTÍCULO 7: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido Archívese.-   ORDENANZA N° 16/23 Juan Chiquilitto  – Presidente Oscar Pinto – Secretario   Eduardo Castex, 16 de mayo de 2.023 Por ello: Promúlguese la presente como Ordenanza Número Dieciseis, del Año Dos Mil Veintitrés, de la Municipalidad de Eduardo Castex, Provincia de La Pampa.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese, Dése al Libro de Resoluciones y Ordenanzas de la Municipalidad. Cumplido, Archívese.-   ORDENANZA Nº 16/2023   Mónica Curutchet – Intendente Luis Alberto Ordoñez – Secretario de Gobierno